La producción incremental de gas y petróleo; la promoción de empleo y desarrollo de proveedores fueron puestos en vigencia por la Secretaría de Energía bajo la resolución 13/2023 publicada en el Boletín Oficial. Los beneficios rigen desde el tercer trimestre de 2022.
Bajo la resolución 13/2023, la Secretaría de Energía de la Nación avanzó en la reglamentación del "Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo" (RADPIP), el "Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Gas Natural" (RADPIGN) y el "Régimen de Promoción del Empleo, del Trabajo y del Desarrollo de Proveedores Regionales y Nacionales de la Industria Hidrocarburífera" (RPEPNIH).
En la publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno precisó que "resulta necesario determinar las pautas y los procedimientos para el acceso a los respectivos regímenes y a los beneficios que éstos confieren", por lo que se detallaron los mecanismos para solicitarlos.
Los tres regímenes fueron establecidos por el decreto N° 277 del 27 de mayo de 2022, oportunamente fue anunciado por el presidente de la Nación, Alberto Fernández. "Es una medida clave para incrementar la escala de producción y utilizar la nueva capacidad de transporte que generará el gasoducto Néstor Kirchner y las obras de infraestructura privadas", expresaba el Gobierno por ese entonces.
En este escenario, se precisó que el beneficio se aplica desde el tercer trimestre de 2022 y debe ser reconocido en un plazo no mayor a los 90 días a partir de la finalización del período, por lo que las compañías se encuentran en condiciones de acceder a unos USD 400 millones por trimestre al tipo de cambio oficial.
Los antecedentes dan cuenta que a mediados de agosto pasado, en el marco de la AOG Patagonia 2022, el Ministerio de Economía de la Nación ratificaba desde la ciudad de Neuquén -en cercanías a Vaca Muerta- que se pondría en marcha el régimen para las empresas que aumenten la producción de hidrocarburos en un 20% por trimestre.
Sergio Massa explicó en aquella oportunidad que se trataba de un pedido "recurrente durante los últimos años de todo el arco que integra el sector oil and gas en Argentina, y un paso determinante para impulsar un proceso de inversiones que permita un salto de escala en la producción", con el objetivo de afianzar las exportaciones.
Condiciones
Según el decreto 484/2022 - "Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo y de Gas" los beneficiarios podrán "presentarse junto a posibles terceros asociados que cumplan con los recaudos del decreto, entre ellos acreditar un vínculo contractual con la beneficiaria de al menos 12 meses, con una inversión mínima efectivizada de US$ 50 millones".
Además, las compañías deberán entregar una declaración jurada con las participaciones porcentuales sobre la producción de petróleo crudo resultantes de los contratos de asignación de producción, además de "una estimación de la línea de base de producción correspondiente a las áreas de concesión de las que tenga titularidad, total o parcialmente y las exportaciones de petróleo crudo en metros cúbicos (m3), realizadas durante los 12 meses previos, incluido el trimestre por el que se solicita el beneficio", de acuerdo a lo consignado por "Econojournal".
Por su parte, los proveedores directos que hayan presentado un plan de sustitución de importaciones ante la Secretaría de Energía que destinen el beneficio transferido a importaciones de bienes o servicio, podrán solicitar que el plan sea tenido en cuenta al momento de cuantificar la transferencia del beneficio. Asimismo, se explicó que en caso que sea contemplado, el beneficio no podrá incrementarse más del 10% del beneficio transferido. (Fuente LOA)