Juicio abreviado por portación atenuada de arma de guerra y tenencia ilegal de arma de fuego civil
El pasado viernes 29 de septiembre se presentó ante la jueza penal una propuesta de juicio abreviado por dos legajos que tienen como imputado a Rubén Darío Crespo, dirigente del gremio de la UOCRA local. El primer ilícito aconteció el pasado 4 de Septiembre de 2014 y se calificó legalmente como “tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal”. En tanto que el segundo hecho incluido en el abreviado acaeció el 26 de Abril de 2017 y su encuadre legal fue “portación de arma de fuego de guerra sin la debida autorización legal, sin intención de utilización con fines ilícitos”, ambos en calidad de autor.
El imputado Crespo, asesorado por su defensor particular, aceptó voluntariamente su responsabilidad en ambos ilícitos, como también la pena que se le impuso por ello, “tres años de prisión de cumplimiento efectivo, multa de $ 6000 e inhabilitación especial para el uso armas de fuego por el lapso de 6 años”.
Así luego del análisis de la propuesta, la jueza penal resolvió homologar el acuerdo abreviado, condenando a Crespo a la pena de “tres años de prisión de cumplimiento efectivo, multa de $ 6000 e inhabilitación especial para el uso armas de fuego por el lapso de 6 años”.
La audiencia de procedimiento abreviado fue presidida por Gladys Olavarría, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Julio Puentes, fiscal general; en tanto que la defensa de Crespo fue ejercida por Alejandro Fuentes, defensor particular del mismo.
El primer hecho incluido en el abreviado aconteció el 04 de Septiembre de 2014, siendo las 16:10 horas, cuando un Oficial Principal de la Brigada de Investigaciones, procedió a dar cumplimiento a la orden de allanamiento y registro domiciliario, ordenada por el juez penal José Rago, en la investigación del homicidio de Néstor Vázquez. Motivo por los cuales se constituyó en el domicilio sito en Zona de Quintas II, Bº 71 viviendas de ésta ciudad, donde reside el imputado Rubén Crespo, circunstancias en las que Crespo hace entrega voluntaria de un arma de fuego tipo revolver, calibre 22 mm., del que no contaba con autorización legal para tenencia y/o portación. Asimismo se halló y secuestro, en la cocina-lavadero, detrás de la cocina a gas una carabina semiautomática, calibre 22 mm. . De acuerdo a la pericia balística las dos armas son aptas para el disparo. Por último, conforme surge de los informes del RENAR y REPARCH, Rubén Darío Crespo carece de autorización legal para portación y/o tenencia de arma de fuego.
El segundo hecho acontece el pasado 26 de abril de 2017, siendo las 0:31 hs. el imputado Rubén Crespo circulaba a bordo de una camioneta Toyota SW4, en la intersección de las calles Malvinas y Artigas colisionó con dos rodados y se dio a la fuga. Un testigo da aviso a la autoridad policial, aportando datos y el dominio de la camioneta. Así personal de la Seccional Tercera logra detener la camioneta mencionada en la intersección de las calles Kennedy y Patagónico. Cuando Crespo se baja del rodado arroja un arma de fuego Bersa, calibre 380, en inmediatas condiciones de uso, careciendo de permiso para ello y es detenido.