La audiencia fue presidida por la juez penal Raquel Tassello, la Fiscalía fue representada por la fiscal general Cecilia Codina y la funcionaria Verona Dagotto, en tanto que la defensa de Paredes estuvo a cargo de la abogada Norma Leiva y los tres imputados restantes fueron representados por los abogados Guillermo Iglesias y Conte Grand.
Al inicio la fiscal relató brevemente los hechos del 27 de agosto a las 9:30. En la planta La Petisa se inició una maniobra para reemplazar caños con línea de talud con signos de corrosión por pérdidas. Esta tarea la efectuaban operarios de la empresa Justo Otero e Hijos, con un equipo de soldadores y una cuadrilla de enrosque, entre los que se encontraban la víctima Cristian Gutiérrez, José Guinao y Villarroel. El encargado de seguridad del lugar debía observar y evitar cualquier tipo de riesgo en la maniobra.
La fiscal señaló que los imputados omitieron observar los deberes a su cargo ya que por desperfecto, la válvula exclusa no quedó cerrada, ingresó petróleo hidratado mientras se efectuaba la soldadura. Se produjo una deflagración como consecuencia de ésta negligencia que le ocasionó la muerte a Cristian Gutiérrez y lesiones graves a Guinao y Villarroel, que pusieron en riesgo su vida.
Codina calificó provisoriamente el hecho como “homicidio culposo y lesiones graves culposas, tres hechos en concurso real, en calidad de coautores” para Andrea Gutiérrez, Diego Pérez, Carlos Paredes y Roberto Moreno.
Un imputado apuntó a Tecpetrol: “El trabajo implicaba el parado de la planta y no lo quisieron hacer”
El imputado Diego Pérez declaró que “la tarea de reemplazo de la cañería estaba consensuada con mi jefe y también aprobado por las áreas de obras y producción de Tecpetrol que decidieron detener parte del bombeo, no todo. El trabajo implicaba el parado de la planta y no lo quisieron hacer sino que disminuyeron el caudal del petróleo circulante. En la orden de trabajo indicaba no colocar placas de cegado. Si la válvula hubiese funcionado de forma correcta, no hubiese sucedido el accidente. Antes de empezar a soldar se hicieron todas las mediciones y daban negativo. No había ningún ambiente explosivo y todos los tanques estaban por debajo del nivel de rebalse. El operador de planta estaba en tema, sobre que los tanques no debían rebalsar y que se iba a trabajar sobre la cañería de tanques de rebalse. La válvula abierta no debió haber estado así, las baterías estuvieron funcionando normalmente, es decir, no bajaron su nivel al mínimo, como debía hacerse por la maniobra en curso. A mi entender, el accidente se produjo porque el resto de los sectores no hizo el trabajo que debía realizar”, sostuvo Pérez.
Por su parte el defensor Iglesias dijo que “existe una confusión entre la causalidad y la autoría, como también hay que revisar los grados de responsabilidad en el hecho de los gerentes y otros estamentos de decisión”. Sostuvo que el resultado fue producto de un hecho fortuito que no fue posible controlar por sus defendidos. La defensora de Paredes dijo aportando a ésta idea que “no eran decisiones exclusivas de él sino que había intereses superiores para no parar la planta”.
Con posterioridad se trató la admisión de la viuda de Gutiérrez, Elsa Fernández y de las víctimas Guinao y Villarroel como querellantes, siendo los abogados patrocinantes Alejandro Fuentes y Verónica Palacios. Los pretensos querellantes presentaron un poder general para actuar como tal y no especial como es requerido, razón por la que la defensa se opuso a ésta presentación y la juez Tassello no hizo lugar al pedido, por entender que no cumplen con la formalidad que exige la ley.
Finalmente la magistrada declaró abierta la investigación fiscal y estableció un plazo de seis meses de duración. (Crónica)